ISSEMYM

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Gobierno del Estado de México

Renovación concubina (o)

Requisitos

  1. Original de Credencial de Identificación expedida por el Instituto (ISSEMYM).
  2. Original de identificación oficial vigente (pasaporte, credencial para votar, cédula profesional con fotografía, matrícula consular expedida por la Secretaría de Relaciones Exteriores a ciudadanos mexicanos domiciliados en el extranjero o cartilla de Identidad Militar).
  3. Original del último comprobante de pago de la o del servidor público, de la o del pensionado (que contenga la clave ISSEMYM).
  4. Original de la resolución emitida por autoridad jurisdiccional competente, que acredite el concubinato, siempre y cuando cumpla con el término señalado en el artículo 5 fracción VI numeral 2 de la Ley del ISSEMYM, a entera satisfacción del Instituto; las cuales deberán ser expedidas por lo menos con una antigüedad no mayor a seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de la renovación.

NOTA:

• En caso de realizar la renovación de la Credencial de Identificación expedida por el Instituto (ISSEMYM) o cambio de adscripción médica y este se realice dentro de los 10 años contados a partir de la fecha de emisión. Deberá cubrir las tarifas establecidas en el artículo 78 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente.

• La cartilla de Identidad Militar deberá contar con el último resello de las oficinas del Servicio Militar Nacional que otorga a los 30, 40 y 45 años de edad del solicitante.

• En caso de no existir registro en el SICRED se le solicitará presente original o copia certificada de la resolución emitida por autoridad jurisdiccional competente, que acredite el concubinato, siempre y cuando cumpla con el término señalado en el artículo 5 fracción VI, punto 2 de la Ley del ISSEMYM, a entera satisfacción del Instituto; las cuales deberán ser expedidas por lo menos con una antigüedad no mayor a seis meses a la fecha del trámite de la solicitud de afiliación y credencialización.

• En caso de que la CURP, no se encuentre registrada en sistema se le solicitará la presente al momento de realizar el trámite.

• En caso de que la o el solicitante sea personal de Sustitución o Suplencia de ISSEMYM, deberá presentar la constancia original vigente, emitida por el Departamento de Administración de Personal.

• En caso de que la o el derechohabiente se encuentre imposibilitado de acudir a realizar el trámite; se solicitara constancia de hospitalización o en su caso constancia médica que indique la imposibilidad para moverse. Para estos casos solo se emitirá una constancia de identificación provisional por 30 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la constancia de hospitalización.

• El posible beneficiario, no deberá estar afiliado ante cualquier otra institución de seguridad social, para lo cual el Instituto verificará directamente ante cualquier Institución de Seguridad Social que se considere pertinente. Hasta contar con este documento, procederá la afiliación.

IMPORTANTE:

• Todos los documentos deben presentarse en original, sin excepción alguna (legibles, en buen estado, sin tachaduras ni enmendaduras).

• No se hace ningún tipo de trámite si el comprobante de pago de la o del servidor público, de la o del pensionado NO cuenta con clave ISSEMYM.

• El trámite debe ser presencial y personal.

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